La abolición de la esclavitud en Venezuela, a 163 años del 24 de marzo de 1854

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Entre los antecedentes de la abolición de la esclavitud en nuestro país se puede señalar, que el 9 de julio de 1816 el Libertador Simón Bolívar publicó un decreto en Ocumare de la Costa ofreciendo la libertad de los esclavos que abrazaran las armas de la República.






Por Felipe Hernández G.
Unesr-cronista de Valle del municipio Infante – Valle de la Pascua
felipehernandez457@yahoo.com



La esclavitud definida internacionalmente como la situación en que se halla el individuo sobre el cual se ejercen los atributos del derecho de propiedad, se aplica a una gran variedad de formas históricas diferentes, que van desde el cautiverio primitivo hasta la trata de negros de épocas más recientes.

Durante la colonia, la corona española prohibió la esclavitud de los indios, en cambio, permitió la introducción de negros esclavos, cuya venta monopolizaron los portugueses durante el siglo XVI. El tráfico de esclavos se inició en Venezuela a principios del siglo XVII, con cuatro mil negros africanos. Dos alemanes de la compañía de los Welsares lo hicieron con Carlos V y Felipe II permitió también nuevas ventas. El año 1692 Martín Guzmán compró a Carlos II el monopolio de la venta de negros en Venezuela por espacio de cincuenta años.

Entre los antecedentes de la abolición de la esclavitud en nuestro país se puede señalar, que el 9 de julio de 1816 el Libertador Simón Bolívar publicó un decreto en Ocumare de la Costa ofreciendo la libertad de los esclavos que abrazaran las armas de la República. El decreto decía así: “Considerando que la justicia, la política y la patria reclaman imperiosamente los derechos imprescindibles de la naturaleza, he venido a decretar, como decreto, la libertad absoluta de los esclavos que han gemido bajo el yugo español en los tres siglos pasados. Considerando que la República necesita de los servicios de todos sus hijos, tenemos que imponer a los nuevos ciudadanos las condiciones siguientes: “Artículo primero: Todo hombre robusto desde la edad de catorce años, se presentará en la parroquia de su Distrito a alistarse en las banderas de Venezuela, veinticuatro horas después de publicado el presente decreto”... “Artículo cuarto: los parientes de los militares empleados en el ejército libertador gozarán de los derechos de ciudadanos y de la libertad absoluta que les concede este decreto de la República de Venezuela”.
La disposición surtió sus efectos en las regiones cacaoteras de Río Caribe, Carúpano y Cariaco, de numerosa población esclava.

Bolívar llegó a Ocumare de la Costa inmediatamente después de su expedición de Los Cayos (1816) que le permitió iniciar el tercer período de la República y terminar para siempre con el dominio español. Para esta expedición el Libertador contó con la ayuda del general Alejandro Petión, Presidente de Haití y del almirante Luis Brión. El año 1816 fue de gran porvenir para los patriotas pues regresaron al país numerosos oficiales que se había refugiado en las Antillas. Se fortaleció la unidad patriótica, se integraron las guerrillas diseminadas y aisladas después del fracaso republicano de 1814 y se ganaron batallas que pusieron en manos de los patriotas todo el Oriente y la región de Guayana. En su mensaje al Congreso de Angostura, Bolívar volverá a insistir sobre la libertad absoluta de los esclavos.

A lo antes expuesto, le siguió la aprobación el 19 de julio de 1821 de la Ley de Manumisión de los Esclavos, presentando en el Congreso de Cúcuta por su presidente, el doctor José Félix Restrepo luego de haber sido discutido en varias sesiones. La citada ley que fue promulgada en la edición 116 del “Correo del Orinoco” del 13 de octubre de 1821, consideraba libres los hijos de las esclavas que nacieran desde el día de la publicación de la ley en las capitales de provincia. Establecía la obligación para los dueños de esclavas, de educar, vestir y alimentar a los hijos de éstas, pero los hijos, en recompensa debían indemnizar a los amos de sus madres los gastos de su crianza con obras y servicios hasta la edad de 18 años. Preveía la ley que si antes de cumplir esa edad, quisieran los padres, los parientes y otros extraños sacar al niño o joven de esclava del poder del amo de su madre, pagarían lo concerniente. Prohibía la venta de esclavos fuera de su jurisdicción así como la introducción de esclavos al país de la manera que fuese.

Se estableció un fondo para la manumisión consistente en el gravamen de un 3 por ciento al quinto de los bienes de los que morían dejando descendientes legítimos de un 3 por ciento del total de los bienes de aquellos que morían dejando herederos colaterales y un 10 por ciento del total de los bienes de los que morían dejando herederos extraños. Estos fondos los colectaba una junta llamada de manumisión compuesta del primer juez del lugar, el cura, dos vecinos y un tesorero nombrado por el gobernador del cantón. Cada año y durante los días 25, 26 y 27 de diciembre la dicha junta le daba libertad a los esclavos que podía de acuerdo con sus fondos.

Después de 1830, dentro de los movimientos políticos que surgieron en la República soberana, hubo quienes alzaban con miras electorales la bandera abolicionista de la esclavitud. Así los adversarios de la dinastía de los Monagas animaban la subversión contra el gobierno, prometiendo a los esclavos su libertad. Pero José Gregorio Monagas, presidente de Venezuela durante el período 1851-1855, arrebató a los oligarcas esta bandera y decretó la abolición de la esclavitud en todo el territorio nacional.

Fue precisamente el 24 de marzo de 1854, que el estadista barquisimetano Simón Planas llevó a feliz término el decreto de José Gregorio Monagas que disponía la libertad de los esclavos. Al efecto, se destinó la cantidad de tres millones de pesos para pagar una indemnización a los amos de todos los esclavos. 40.000 de ellos entraron entonces a figurar como nuevos ciudadanos libres de la República. La manumisión fue el acto de mayor trascendencia del régimen de José Gregorio Monagas. De ese acontecimiento histórico, este 2017 se cumplen 163 años...


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