La unidad de propósito: un reclamo de la historia (parte tres)


Podemos afirmar que en Venezuela las sanciones comienzan formalmente a aplicarse a partir del año 2008, siendo en estos inicios de carácter individual. Una larga lista de personeros del régimen ligados a escandalos de corrupcion, narcotrafico, lavado de dinero y blanqueo de capitales a través de sofisticadas redes financieras internacionales. Es a partir del año 2017 cuando se adoptan las primeras sanciones económicas y de carácter militar con los embargos de armas, por parte de la comunidad europea y los Estados Unidos.


“ O actuamos juntos, o nos ahorcan por separado “

Benjamin Franklin


Por Jesús Cepeda Villavicencio

ACERCA DEL ASUNTO DE LAS SANCIONES INTERNACIONALES. 3.1

El abordaje de un tema, como el referido, que ha tenido trascendentales repercusiones en los ámbitos políticos, sociales y económicos de la nación, requiere de una narrativa, que abarque desde sus significados, orígenes y razón de ser, pasando por el contexto nacional en el cual se aplican, hasta sus consecuencias en la vida ciudadana de los venezolanos. En ese sentido, hemos dividido su discusión en tres ejes temáticos; 3.1.1, qué se entiende por sanciones internacionales (SI), cuando y porqué se originan, 3.1.2, en qué contexto ocurren y 3.1.3, qué consecuencias han tenido.

3.1.1. Las SI son disposiciones, mecanismos y medidas de carácter coercitivo que se aplican contra Estados, entidades no estatales o individuos, que suponen una amenaza para la paz y seguridad internacional. Se aplican cuando hay inobservancia e incumplimiento, de tratados, acuerdos y convenios internacionales, que han sido suscritos por los Estados, para garantizar el orden internacional, así como las normas que rigen las relaciones económicas, comerciales, diplomáticas y el derecho internacional. De manera que estas no se aplican caprichosamente, ni por obra y gracia del espíritu santo, ni porque las soliciten factores internos que adversen un determinado gobierno. No, se incoan cuando se transgreden los sistemas que regulan y tutelan tales relaciones, y se reclama la restitución de los acuerdos infringidos, a otros Estados, comunidades de Estados u organismos multilaterales.

La evolucion de las SI se acelera despues de la segunda guerra mundial, una vez conocidos los horrores del holocausto y la vulneracion de todos los principios mas elementales para la vida, presupuestados en la razon y el progreso de la civilizacion humana. Se pueden identificar tres hitos históricos en esa evolución; los acuerdos de Bretton Woods a finales de 1944, la declaración universal de los derechos humanos en 1948 y el estatuto de Roma, que crea la CPI (corte penal internacional) en 1998.

Las SI se formulan en base a tres categorías; para obligar a un país a cooperar con una ley internacional, para contener una amenaza a la paz dentro de una delimitación geográfica o cuando es la ONU quien rechaza categóricamente las acciones de un determinado país. Estas suelen usarse como ya hemos dicho, como instrumento de coerción cuando la paz está amenazada y los esfuerzos diplomáticos han fracasado.

Existen varios tipos de sanciones; diplomáticas ( cuando ocurren rupturas parciales o totales en las relaciones diplomáticas ), económicas ( cuando se transgreden las normas que regulan el comercio internacional o se afectan los sistemas financieros de los Estados, como consecuencia de lavados y blanqueo de capitales ), militares ( cuando ocurren intervenciones militares o embargos de armas ), deportivas ( que son utilizadas más que todo como presiones psicológicas ), ambientales ( cuando se transgreden las normativas planteadas en las convenciones ambientales que regulan internacionalmente, las distintas formas de agresión ambiental, como las grandes deforestaciones en los pulmones de la humanidad, la acelerada desertización de suelos agrícolas y las emisiones de gases de efecto invernadero ) y finalmente están las sanciones individuales, que son aquellas que se aplican a individualidades, que pueden ser líderes políticos o empresariales, así como también altos funcionarios gubernamentales u otros, por sus probados vínculos con hechos tipificados; como corrupción, blanqueo de capitales o narcotráfico. Es importante destacar el hecho, en relación a estas últimas, de que, son las que con mayor frecuencia encuentran formas evasivas, porque generalmente están ligadas a corruptelas, que facilitan vías de escape por sus conexiones gubernamentales, dentro de sus propios Estados y las interconexiones con la delincuencia transnacional.

Podemos afirmar que en Venezuela las sanciones comienzan formalmente a aplicarse a partir del año 2008, siendo en estos inicios de carácter individual. Una larga lista de personeros del régimen ligados a escandalos de corrupcion, narcotrafico, lavado de dinero y blanqueo de capitales a través de sofisticadas redes financieras internacionales. Es a partir del año 2017 cuando se adoptan las primeras sanciones económicas y de carácter militar con los embargos de armas, por parte de la comunidad europea y los Estados Unidos. Todas estan sanciones economicas, han estado circunscritas a la prohibicion de transacciones relacionadas con el financiamiento de cualquiera de los organos gubernamentales y han estado dirigidas especificamente a limitar las nuevas emisiones de deuda, lo que sin lugar a dudas imposibilita al regimen, de reestructurar o refinanciar deuda externa, y con ello la posibilidad o capacidad para obtener financiamiento, negociar los bonos existentes o vender activos.

Es necesario aclarar ante la opinion publica, que en ninguno de los eslabones establecidos en las sanciones, ha estado planteada, la posibilidad de prohibicion de importacion de bienes alimentarios y de salud, con lo que se desmonta categoricamente las campañas de que la escaces de alimentos y medicinas, se deben a las sanciones, solo que estas, le han reducido al regimen su capacidad de maniobra.

Dada la critica situacion que vive el pais, el regimen y sus voceros, asi como personalidades ligadas al mundo empresarial y de la politica, han terminado actuando como colaboradores directos e indirectos, de una dispendiosa y falsa matriz de opinion, orientada a justificar el hecho de que el monumental colapso que padecemos, es cosecuencia de las sanciones, como antes lo hicieron durante el lapso 2012_2016, donde todos los males de la nacion, eran atribuibles a la guerra economica y a una pagina denominada dolar today, llevando el discurso politico engañoso y cinico, a unos niveles nunca vistos en la historia republicana. Lo cierto es que dicha crisis ya existia, en grado de metastasis antes de la aplicacion de las primeras sanciones economicas, como lo podremos apreciar en la contextualizacion que haremos en la proxima entrega.

Jesús Cepeda Villavicencio es ingeniero Agrónomo, doctor en Ciencias de la Educación, profesor universitario jubilado y político. Actualmente es miembro de la Dirección Regional del Partido Un Nuevo Tiempo.

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