El triunfo de la libertad sobre el despotismo

Roscio es un filósofo y teólogo de la libertad. Su pensamiento nos lleva por las sendas de un catolicismo interconectado con el pensamiento liberal que procura desmontar la prédica feudal del Derecho Divino de los Reyes y su aplastante dominación sobre sociedades enteras.

Juan Gernán Roscio
por Ángel Rafael Lombardi Boscán   
Así se llama uno de los textos fundamentales de un universitario quién fue protagonista de la jornada del 5 de Julio de 1811: Juan Germán Roscio (1763-1821). A su vez, principal protagonista intelectual del Acta de la Declaración de la Independencia y del texto constitucional que instaura la primera piedra fundacional, legal y jurídica, de lo que sería Venezuela hace doscientos años atrás. 

Roscio es un filósofo y teólogo de la libertad. Su pensamiento nos lleva por las sendas de un catolicismo interconectado con el pensamiento liberal que procura desmontar la prédica feudal del Derecho Divino de los Reyes y su aplastante dominación sobre sociedades enteras. Sus ideas son militantes y combativas a favor de la joven Republica que nace rodeada de enemigos internos y externos.Roscio aplica una exégesis moderna a los textos bíblicos muy al estilo de los grandes reformistas de la Iglesia y valiéndose de San Agustín, Santo Tomás, Descartes y Rousseu establece las bases de una teología de la emancipación, opuesta a la teología feudal.De esta forma se va constituyendo todo un pensamiento heterogéneo filosófico de la Independencia expresado en el Acta de la Declaración de Independencia de Venezuela el 5 de Julio de 1811.Las Provincias Unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo deciden la ruptura con la Monarquía hispana y se otorgan un autogobierno constitucional, independiente, soberano, republicano y de carácter federalista.En el Acta del 5 de Julio se alegan los siguientes supuestos para acometer tan trascendental hecho histórico: -    El abandono forzado de los reyes españoles en Bayona, respecto a sus obligaciones, le traspasa al pueblo la soberanía y el autogobierno.
-    Los órganos de gobiernos que provisionalmente (Juntas Provinciales, Junta Central y Regencia) se fueron instalando en España no representaron los intereses de los americanos españoles.
-    La Regencia, luego del 19 de Abril de 1810, declaró a las provincias venezolanas en rebeldía y estableció la orden del bloqueo sobre sus costas y la más inmediata represión militar a través de las provincias pro monárquicas como Maracaibo, Coro y Guayana.
-    Es de hacer notar que los firmantes del Acta donde se declara la Independencia lo hacen en nombre de Dios Todopoderoso y la defensa del catolicismo.
-    Abolir el derecho funesto de conquista instalado por más de tres siglos.
Una interpretación más de fondo nos lleva a percibir que los argumentos que se alegaron para proceder el 19 de Abril de 1810 son prácticamente los mismos que se esbozaron el 5 de Julio de 1811, con la diferencia, que la lealtad a Fernando VII se deja de mantener. Para Roscio, Isnardi, López Méndez, Miranda y los otros personeros favorables a la Independencia absoluta, la situación de España estaba perdida y se tenía que atajar cualquier tipo de nueva dominación, en éste caso, la que representaba Bonaparte y los franceses. España, en realidad, y de manera forzosa, abandonó a los venezolanos, y estos de colonias cambiaron su status por el de provincias libres adoptando una nueva nacionalidad.


*Director del Centro de Estudios Históricos de LUZ


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